
ACUERDO DE CONSTITUCIÓN DE ALIANZA
De conformidad con el Art. 109 de la Constitución de la República del Ecuador, el Art. 325 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia y demás normas pertinentes y aplicables, en el Cantón Guamote, Provincia de Chimborazo, hoy viernes 1 de Noviembre de 2013, a las 10h30, previa convocatoria realizada para el efecto, se suscribe el siguiente Acuerdo de Alianza programática y de participación electoral, al tenor de lo siguiente:
PRIMERO.- NOMBRE DE LA ALIANZA.- “FRENTE UNIDOS POR GUAMOTE”
SEGUNDO.- ORGANIZACIONES POLÍTICAS INTEGRANTES.
Intervienen en la celebración del presente Acuerdo de Constitución de Alianza, por una parte el Crnel Paco Fierro Oviedo en su calidad de Director de la Provincia de Chimborazo del Partido Sociedad Patriótica 21 de Enero, por otra el Arq. Ricardo Moncayo Cevallos, Presidente del Movimiento Creando Oportunidades CREO de la Provincia de Chimborazo, por otra parte el Ing. Fernando Núñez, Director de la Provincia de Chimborazo del Movimiento Renovación y el Ing. Marco Murillo Director de la Provincia de Chimborazo del Movimiento Sociedad Unida Más Acción SUMA, en calidad de representantes legales.
TERCERO.- ORGANO DE DIRECCIÓN Y SUS COMPETENCIAS.- El órgano de Dirección de esta Alianza, es la Coordinación Cantonal integrada por: el señor José Rodrigo Saez Sislema con cédula de identidad 0919305755 en representación del Partido Sociedad Patriótica 21 de Enero; el señor Patricio Ermel Logroño veloz con cédula de identidad 0602158552 en representación del Movimiento CREO, el señor Marcos Bravo Chimbolema con cédula de identidad 0601960412 en representación del Movimiento Suma y el señor Segundo Elías Araque Araque, con cédula de identidad 1002712923. en representación del Movimiento Renovación; y, un procurador común.
La coordinación cantonal elegirá de entre sus miembros a un secretario/a, quien tendrá a cargo la documentación de la alianza, como actas y más documentos, propios de sus atribuciones.
Son competencias de la Coordinación Cantonal de la alianza FRENTE UNIDOS POR GUAMOTE, las siguientes:
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Definir e impulsar las líneas de acción y las decisiones políticas de la alianza.
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Aprobar el plan de campaña electoral
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Elegir los y las candidatos y candidatas y conformar las listas que participarán en el proceso electoral.
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Conformar comisiones y equipos necesarios para la campaña electoral;
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Organizar y coordinar la acción política de la alianza con las parroquias del Cantón Guamote;
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Expedir los reglamentos;
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Aprobar los acuerdos políticos;
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Conocer y resolver los asuntos políticos y organizativos que le sean presentados por los integrantes de la alianza;
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Las demás que establezca la ley y los reglamentos.
CUARTO.- ATRIBUCIONES DEL PROCURADOR COMUN Y RESPONSABLE DEL MANEJO ECONOMICO.
La alianza entre el Partido Sociedad Patriótica 21 de Enero, el Movimiento CREO; Movimiento Suma y el Movimiento Renovación, nombrará de común acuerdo al Representante Legal o Procurador Común en el Cantón Guamote, y al responsable del manejo económico de la campaña, para los procesos eleccionarios como lo tipifica el Art. 214 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia.
La alianza decide nombrar al Sr.
El procurador común tiene las siguientes competencias:
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Representar legalmente a la alianza FRENTE UNIDOS POR GUAMOTE
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Convocar y presidir las sesiones de la coordinación cantonal.
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Inscribir las candidaturas oficiales de las dignidades a elegir en el FRENTE UNIDOS POR GUAMOTE, ante el CNE.
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Convocar y coordinar todo el proceso electoral conjuntamente con la Coordinación cantonal.
Las competencias para el responsable del manejo económico:
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Manejo adecuado y transparente de los recursos e ingresos que se generen producto de la alianza.
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Llevar ordenadamente los gastos y egresos que se generen durante el tiempo que dure la alianza.
QUINTO.- DELA SELECCIÓN DE CANDIDATOS.-
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Las organizaciones políticas que conforman la ALIANZA “FRENTE UNIDOS POR GUAMOTE” acordarán a través de la Coordinación Cantonal, la distribución de las dignidades en las cuales participará cada organización, mediante una resolución previa a la selección de candidatos.
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Una vez que se haya resuelto sobre la distribución de dignidades, la coordinación cantonal, seleccionará a los candidatos de la ALIANZA “FRENTE UNIDOS POR GUAMOTE” mediante una elección representativa, de entre los candidatos propuestos por las organizaciones políticas y conformara una sola lista.
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El lugar, fecha y hora de la sesión de la Coordinación Cantonal de la Alianza serán escogidos y oportunamente notificados por la Alianza.
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En el día y hora determinados en la convocatoria, se instalarán en sesión, la Coordinación cantonal para la selección de las candidatas y candidatos a ser postulados en las próximas elecciones generales a los siguientes cargos:
Alcalde o Alcaldesa; Concejales/as Urbanos y Rurales; y, Vocales de las juntas parroquiales rurales.
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Las listas deberán cumplir con los requisitos de alternabilidad y conformación paritaria entre mujeres y hombres, y las candidatas y candidatos cumplirán, además, con los siguientes requisitos: ser ecuatorianas o ecuatorianos, estar en goce de sus derechos civiles y políticos, no haber recibido sentencia condenatoria por delitos sancionados con reclusión, o por cohecho, enriquecimiento ilícito o peculado y tener 18 años cumplidos a la fecha de inscripción de la candidatura.
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La sesión se instalará en el lugar, fecha y hora determinados en la convocatoria, una vez que el Secretario de la Alianza y el Procurador Común verifiquen el cumplimiento del quórum reglamentario respectivo.
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El quórum requerido para instalar la sesión, como para adoptar resoluciones, es de tres miembros de la Coordinación cantonal de la alianza, que será precedida por el Procurador Común, quien concederá la palabra a los representantes de cada una de las organizaciones políticas sujetos de esta Alianza según el orden solicitado, este control estará a cargo de la Secretaría.
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Los representantes de cada una de las organizaciones políticas sujetos de esta Alianza propondrán las candidaturas el mismo día de la sesión, de forma verbal y acompañando de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos que exige la constitución y la ley.
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Presentadas las candidaturas, la respectiva Coordinación Cantonal procederá, en la misma sesión, a calificar las listas que hayan sido presentadas y a los candidatos que las integran. En caso de objeciones, las mismas serán resueltas por la Coordinación cantonal, también en la misma sesión.
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Una vez calificadas las listas a diferentes dignidades de elección popular, en la misma sesión el procurador común procederá a tomar la votación de los miembros presentes de la coordinación de la Alianza que será mediante votación simple.
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Los resultados de la elección constarán en la respectiva Acta de la sesión, suscrita por triplicado por los miembros presentes de la coordinación cantonal de la Alianza, la misma que será proclamada y publicada por la secretaria en la misma sesión.
SEXTO: DE LOS CANDIDATOS.- Pueden ser candidatos o candidatas los adherentes y afiliados/as de las organizaciones políticas participantes de esta alianza, o personas no afiliadas que estén en pleno ejercicio de sus derechos políticos y cumplan con los requisitos determinados en el artículo 347 del Código de la Democracia:
1. Aceptar por escrito la nominación y su participación en el proceso electoral.
2. Entregar una declaración jurada que contenga su hoja de vida y sus propuestas programáticas en caso de llegar al cargo.
3. Establecer por escrito su compromiso de acatar los resultados y su obligación de respaldar las candidaturas triunfadoras del proceso electoral interno.
4. Someterse a las normas internas y agotar los recursos legales para la resolución de conflictos que pudieran surgir en el proceso electoral.
5. Cumplir con los requisitos legales exigidos para el cargo de elección al que se aspira y con las normas y disposiciones de la organización política.
Los candidatos podrán realizar actos de campaña electoral interna desde el día de la convocatoria hasta 48 horas antes de la sesión de los órganos electores, en las que se seleccionará o designará candidatos y candidatas de la ALIANZA “FRENTE UNIDOS POR GUAMOTE” la coordinación cantonal promoverá, de manera justa y equitativa, las campañas electorales. Las candidaturas no podrán fundamentar sus campañas en ataques personales o acusaciones a los otros u otras postulantes.
SEPTIMO: LISTAS.- El número de candidatos que conformarán las listas de Concejales Cantonales; y, Vocales de las Juntas Parroquiales Rurales, serán determinados de acuerdo a lo dispuesto por el Consejo Nacional Electoral y el Código de la Democracia.
OCTAVO: PUBLICACION.- Se dispone la publicación de las convocatorias, con al menos 10 días de anticipación a la fecha de la respectiva sesión. En las convocatorias constarán el día, hora y lugar donde se llevará a efecto la sesión del órgano elector, así como las dignidades a seleccionarse o designarse.
NOVENO- LAS CANDIDATURAS EN LAS QUE PARTICIPARA LA ALIANZA
La selección de los integrantes de esta alianza que serán candidatos y candidatas a los cargos públicos de elección popular para laspróximas elecciones seccionales y a las que se realicen dentro del periodo de duración de la alianza, se sujetarán a Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Códigode la Democracia
Las candidaturas en las que participará la presente Alianza son en las listas de Alcalde/sa, Concejales/as Urbanos y Rurales y Vocales de las dos Juntas parroquiales en el cantón Guamote.
Se deja constancia expresa ante la posibilidad de que al convenir a los intereses de la Alianza se puede proceder a la invitación de otras fuerzas políticas para que formen parte de los cuadros de candidatos y dignidades que presentará la alianza siempre y cuando exista la autorización en consenso de todas las agrupaciones políticas participantes en esta alianza.
DECIMO.- EL TIEMPO DE DURACIÓN DE LA ALIANZA
En atención a las normas invocadas, que permite las Alianzas entre las organizaciones políticas legalmente reconocidas, los Representante Legales del Partido Sociedad Patriótica 21 de Enero, el Movimiento CREO, Creando Oportunidades, el Movimiento Suma, Sociedad Unida Más Acción y el Movimiento Renovación, determinan realizar una alianza programática, política-electoral desde el día en que se firme este acuerdo de alianza hasta 360 días posteriores al día de la elección.
DECIMO PRIMERO.- DISTRIBUCION DEL FONDO PARTIDARIO PERMANENTE.
El fondo partidario que les fuera entregado de conformidad con la Ley, si fuera el caso, se distribuirá en forma proporcional del 25 %, a cada una de las organizaciones políticas participantes de la alianza Frente Unidos por Guamote, de acuerdo a las normas pertinentes.
DECIMO SEGUNDO.- APORTES ECONOMICOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA ALIANZA
Los aportes económicos, serán recibidos por la Alianza, de acuerdo con la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia.
DECIMO TERCERO.- EL PORCENTAJE DE VOTOS O EL NUMERO DE DIGNIDADES QUE LE CORRESPODERAN A CADA ORGANIZACIÓN POLITICA.
Para efectos de la determinación de si las organizaciones políticas que forman la presente alianza, se encuentran incursas dentro de las causales de cancelación de las organizaciones políticas, el porcentaje de votos serán repartidos proporcionalmente en un porcentaje de 25% al Partido Sociedad Patriótica 21 de Enero, 25% al Movimiento CREO, Creando Oportunidades, 25% al Movimiento Suma y el 25% al Movimiento Renovación en el cantón Guamote.
DECIMO CUARTO.- FORMA DE DISTRIBUCION DE LA ALIANZA LUEGO DE EXTINGUIDA LA MISMA.
Una vez concluido el tiempo de duración de la alianza, los recursos, efectos o bienes, en el caso de que existieren, serán repartidos en forma proporcional, entre los integrantes de la alianza.
FUNDAMENTOS PARA EL ACUERDO
Los sujetos políticos que intervienen en la alianza FRENTE UNIDOS POR GUAMOTE manifiestan que los acuerdos adoptados y que sustentan esta alianza político-electoral son los siguientes:
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La lucha contra la pobreza, la corrupción, la inseguridad, la mala calidad de los servicios públicos y privados, la generación de empleo y desarrollo dentro del Cantón Guamote, de esta forma conseguir paz y armonía dentro del territorio.
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El apoyo irrestricto a las candidaturas que se propongan como alianza, para las elecciones a realizarse en el año 2014 y a las que se realicen dentro del periodo de duración de la alianza.
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Las candidaturas que se propongan serán conforme lo dispone el artículo 348 numeral 3 de la ley orgánica electoral, cumpliendo la alternabilidad exigida en la constitución y la Ley.
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Los candidatos serán seleccionados de conformidad con lo que establece la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia. Una vez seleccionados los candidatos, éstos se apoyaran y trabajaran conjuntamente.
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Las organizaciones políticas que conforman esta Alianza, trabajarán en conjunto, en la estructuración, capacitación de los procesos electorales, campañas y trabajos afines con las elecciones del año 2014 y las que se realicen dentro del periodo de duración de la alianza.
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Las organizaciones políticas que conforman esta Alianza, en los puestos de elección que se logre captar trabajaran conjuntamente con el propósito de cumplir las metas establecidas en el presente acuerdo.
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En base a los acuerdos señalados, se consolida la ALIANZA “FRENTE UNIDOS POR GUAMOTE” en el cantón Guamote, con la finalidad de participar en las próximas elecciones seccionales del año 2014 y las que se realicen dentro del periodo establecido de duración de la alianza y se inscribirá en la delegación del CNE de la provincia de Chimborazo.
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Para constancia, suscriben la presente acta de alianza,
Crnel Paco Fierro Oviedo
Director del Partido Sociedad Patriótica PSP3 Chimborazo
Arq. Ricardo Moncayo Cevallos
Presidente Provincial del Movimiento Creo, Creando Oportunidades en la Provincia de Chimborazo
Ing. Fernando Núñez
Director Provincial del Movimiento Renovación en la Provincia de Chimborazo
Ing. Marco Murillo
Director Provincial del Movimiento Suma en la Provincia de Chimborazo.

